Los Ayuntamientos son las Instituciones Públicas más cercanas al ciudadano en su ámbito geográfico, y constituyen el primer punto de encuentro y atención a sus necesidades, como entidades locales representativas de cada municipio acorde a la normativa vigente podrán disponer y desarrollar actuaciones en el ejercicio de sus competencias.
La creación y gestión de Servicios Sociales de atención primaria y la canalización de las demandas de sus ciudadanos se realiza por medio de las UBAS, Unidades Básicas de Acción Social, asignada a la Concejalía correspondiente dentro de cada Ayuntamiento y de la asistencia de otras transversales a la misma.
Los Ayuntamientos que cuentan con una población de entre 10.000 y 20.000 habitantes pueden constituir una Unidad Básica de Acción Social, mientras que los municipios que no poseen este nivel de población deben agruparse hasta constituir una cifra superior a 5.000 habitantes.
Los Ayuntamientos, por medio de las UBAS, son los encargados de garantizar el acceso a las prestaciones básicas y para ello delimitan su actuación en los campos siguientes:
El desarrollo de este tipo de actuaciones se lleva a cabo mediante la ejecución de proyectos concretos como el Servicio de Ayuda a Domicilio, la Teleasistencia, la tramitación y gestión de documentos, de prestaciones económicas que se estimen regular y conceder si se considera oportuno regular en el campo de los Servicios Sociales…
Además, cada Ayuntamiento realiza diferentes intervenciones dependiendo de la población y del medio en el que se actúa, procurando dar soluciones a las necesidades específicas de cada municipio, como:
En el caso de que las necesidades sociales y/o las anomalías detectadas no recayeran en el ámbito competencial de la Unidad Básica de Acción Social, deberá ponerlas en conocimiento de la Administración competente.