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Entidades Públicas Locales: Ayuntamientos 

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Los Ayuntamientos son las Instituciones Públicas más cercanas al ciudadano en su ámbito geográfico, y constituyen el primer punto de encuentro y atención a sus necesidades, como entidades locales representativas de cada municipio acorde a la normativa vigente podrán disponer y desarrollar actuaciones en el ejercicio de sus competencias.

La creación y gestión de Servicios Sociales de atención primaria y la canalización de las demandas de sus ciudadanos se realiza por medio de las UBAS, Unidades Básicas de Acción Social, asignada a la Concejalía correspondiente dentro de cada Ayuntamiento y de la asistencia de otras transversales a la misma.

Los Ayuntamientos que cuentan con una población de entre 10.000 y 20.000 habitantes pueden constituir una Unidad Básica de Acción Social, mientras que los municipios que no poseen este nivel de población deben agruparse hasta constituir una cifra superior a 5.000 habitantes.

Los Ayuntamientos, por medio de las UBAS, son los encargados de garantizar el acceso a las prestaciones básicas y para ello delimitan su actuación en los campos siguientes:

  • Información y Orientación. Es la puerta de acceso de los ciudadanos sobre sus derechos y recursos sociales existentes en el municipio, dando paso a otras prestaciones.
  • Apoyo a la Unidad Convivencial. Facilita los recursos básicos para que los ciudadanos se desarrollen en su medio natural de convivencia.
  • Alojamiento Alternativo. Recursos orientados a ofrecer alojamiento a personas que no cuenten con un marco estable de convivencia.
  • Actuaciones específicas de Prevención e Inserción Intervenciones sociales dirigidas a solventar las necesidades sociales de los ciudadanos, o a evitar la aparición de éstas.
  • Fomento de la Solidaridad y de la Cooperación Social. Realización de actividades de Promoción, Actuación y Desarrollo Comunitario evitando situaciones de aislamiento.

El desarrollo de este tipo de actuaciones se lleva a cabo mediante la ejecución de proyectos concretos como el Servicio de Ayuda a Domicilio, la Teleasistencia, la tramitación y gestión de documentos, de prestaciones económicas que se estimen regular y conceder si se considera oportuno regular en el campo de los Servicios Sociales…

Además, cada Ayuntamiento realiza diferentes intervenciones dependiendo de la población y del medio en el que se actúa, procurando dar soluciones a las necesidades específicas de cada municipio, como:

  • La creación de centros y establecimientos de Servicios Sociales especializados.
  • La prestación de Servicios Sociales en régimen de colaboración con otras administraciones públicas, o mediante delegación.
  • La coordinación de las actuaciones de las entidades sociales que desarrollen sus servicios en el municipio.
  • La gestión y tramitación de las ayudas económicas municipales, en las condiciones que establezcan.
  • La coordinación de la política municipal de Servicios Sociales con la desarrollada por otros sectores vinculados a esta área.
  • Cualquiera otra que les sean atribuidas o les sean delegadas de acuerdo con la legislación vigente.

En el caso de que las necesidades sociales y/o las anomalías detectadas no recayeran en el ámbito competencial de la Unidad Básica de Acción Social, deberá ponerlas en conocimiento de la Administración competente.

 

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