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Prestaciones de Atención Especializada 

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La atención y asistencia sanitaria especializada, comprenderá:

  • La asistencia ambulatoria especializada en consultas.
  • La asistencia ambulatoria especializada en hospital de día, médicos o de enfermería, incluida la cirugía mayor en cuanto no requiera estancia hospitalaria.
  • La asistencia especializada en régimen de hospitalización, que incluye la asistencia médica, quirúrgica, obstétrica y pediátrica para procesos agudos, reagudización de procesos crónicos o realización de tratamientos o procedimientos diagnósticos que así lo aconsejen.
  • La atención de la salud mental y la asistencia psiquiátrica.

Existen diferentes modos de acceso a la asistencia especializada:

  • Acceso a la asistencia ambulatoria especializada: Se realizará por indicación del médico de atención primaria.
  • Acceso a la asistencia en régimen de hospitalización.
  • Acceso a los servicios hospitalarios de referencia. Dicha asistencia hospitalaria especializada incluye:
    •  La realización de los exámenes y pruebas diagnósticas, incluido el examen neonatal, y la aplicación de tratamientos o procedimientos terapéuticos.
    • Tratamientos o intervenciones quirúrgicas dirigidas a la conservación o mejora de la esperanza de vida, autovalimiento y eliminación o disminución del dolor y el sufrimiento.
    • Tratamiento de las posibles complicaciones que puedan presentarse durante el proceso asistencial.
    • Rehabilitación.
    • Implantación de prótesis y su oportuna renovación.
    • Medicación, curas, gases medicinales y material fungible y productos sanitarios que sean precisos.
    • Alimentación, según la dieta prescrita.
    • Nutrición parenteral y enteral.
    • Estancia en habitación compartida, o individual cuando las especiales circunstancias del paciente lo precisen, incluyendo los servicios hoteleros básicos directamente relacionados con la propia hospitalización.

 

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