

El internamiento en un centro de una persona puede ser voluntario o involuntario. En esta segunda situación requiere autorización judicial. Ninguna persona puede ser ingresada contra su voluntad, porque así lo decidan sus familiares o tutores. Es necesario que antes la persona sea declarada “incapaz”, tras un procedimiento judicial. Excepcionalmente se puede ingresar a una persona por vía de urgencia, únicamente en centros psiquiátricos, pero debe comunicarse al juez antes de que hayan transcurrido 24 horas.
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